domingo, 19 de junio de 2011

Seguro Agricola

Es una herramienta financiera que evita descapitalizaciones por parte de los productores y que puede ser utilizado como garantía ante los bancos para solicitar un crédito, de esta forma también los bancos pueden asegurar su retorno de capital en caso suceda un siniestro. Permite a los agricultores traspasar a las aseguradoras los daño provocados a un cultivo asegurado por los riesgos climáticos que pueden afectar su producción agrícola, obteniendo así protección para su trabajo y para su familia. 

 Siniestro en el sector agrícola  

La agricultura está sujeta a una serie de riesgos particulares, algunos de ellos manejables y otros no tanto. En los riesgos, donde existe algún grado de control y los mercados para neutralizarlos no existen o no funcionan adecuadamente, la intervención del gobierno es necesaria en la corrección de esas fallas. El objetivo es el diseño de instrumentos que le permitan al agricultor minimizar los efectos adversos que enfrenta al momento de materializarse algún siniestro. El Seguro Agrícola busca acotar el riesgo de daño a la producción por condiciones climáticas.
Este seguro otorga cobertura por:

  • Prestaciones de prevención y promoción: comprende la educación para la salud, evaluación y control de riesgos e inmunizaciones.

  • Prestaciones de recuperación de la salud: comprende la atención médica, tanto ambulatoria como de hospitalización, medicinas e insumos médicos, prótesis y aparatos ortopédicos imprescindibles, servicios de rehabilitación.

  • Prestaciones de Bienestar y promoción social: Comprende actividades de proyección, ayuda social y de rehabilitación para el trabajo, orientadas a la promoción de la persona y protección de su salud.

  • Prestaciones económicas: Es el monto de dinero que EsSalud otorga, para compensar una pérdida económica derivada de la incapacidad temporal para el trabajo (enfermedad o accidente), del parto, así como para contribuir al cuidado del recién nacido. Asimismo, se otorga a la persona que demuestre haber efectuado los gastos de los servicios funerarios por la muerte del asegurado titular.

  • Prestaciones de maternidad: consiste en el cuidado de la salud de la madre gestante y la atención del parto, extendiéndose al período de puerperio y al cuidado de la salud del recién nacido

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