lunes, 20 de junio de 2011

Aspectos Financieros

El Margen de Solvencia

Tiene por finalidad que las empresas de seguros tengan la cantidad necesaria, determinada según la fórmula definida en estas Normas, para que las aseguradoras puedan absorber perdidas por variaciones extraordinarias en los resultados, a fin de que cumplan a cabalidad con los compromisos asumidos con los asegurados y con las cedentes, cuando se trate de reaseguro aceptado.

El Margen de Solvencia para seguros generales, seguro colectivo de vida y seguro funerario, incluyendo fianzas, será igual al que resulte más elevado de los que se obtengan por los siguientes procedimientos:

1. En función de las primas; o
2. En función de los siniestros.


Reserva Matemática: Se constituye para los seguros de vida. Teóricamente las primas de estos seguros, dada su naturaleza, deberían elevarse de continuo, por la mayor probabilidad de muerte del asegurado a medida que transcurre el tiempo. Pero si así se hiciera los seguros de vida serían prohibitivos a partir de cierta edad. Para evitar este inconveniente las compañías de seguro perciben primas niveladas o medias. Quiere decir que un asegurado en sus comienzos abonará primas en exceso con relación a lo que corresponda según su probabilidad de muerte, y pagará primas más reducidas a partir de una edad determinada. La cantidad abonada en exceso durante estos primeros años , constituye la prima de ahorro. Con ésta y la parte que se toma de la prima de riesgo, así como con los intereses acumulados, se forma la reserva matemática del seguro.


Reserva para Siniestros Pendientes: A esta reserva se le acredita el importe de los siniestros denunciados que permanecen en trámite de liquidación y que por esa causa aún no han sido abonados, ya se trate de seguros directos o de reaseguros.

Fondo de Acumulación Asegurados Vida: Se acreditan a este fondo las partidas a distribuir entre los asegurados de la Sección Vida como beneficio complementario, según las condiciones estipuladas en las pólizas. Esas partidas pueden ser utilidades de dicha Sección o ingresos de éstos que se afectan a esa finalidad.


Prevencion de Perdida

El accidente del trabajo constituye la base del estudio de la Seguridad Industrial, desde el punto de vista preventivo, estudiando sus causas (por qué ocurren), sus fuentes (actividades comprometidas en el accidente), sus agentes (medios de trabajo participantes), su tipo (como se producen o se desarrollan los hechos), todo ello con el fin de desarrollar la prevención.


Causas Directas


Origen humano (acción insegura): definida como cualquier acción o falta de acción de la persona que trabaja, lo que puede llevar a la ocurrencia de un accidente.

Origen ambiental (condición insegura): definida como cualquier condición del ambiente laboral que puede contribuir a la ocurrencia de un accidente.

No todas las acciones inseguras producen accidentes, pero la repetición de un acto incorrecto puede producir un accidente.

No todas las condiciones inseguras producen accidentes, pero la permanencia de una condición insegura en un lugar de trabajo puede producir un accidente.

Causas Básicas:


Origen Humano: explican por qué la gente no actúa como debiera.

- No Saber:
desconocimiento de la tarea (por imitación, por inexperiencia, por improvisación y/o falta de destreza).

- No poder:
Permante: Incapacidad física (incapacidad visual, incapacidad auditiva), incapacidad mental o reacciones sicomotoras inadecuadas. Temporal: adicción al alcohol y fatiga física.

- No querer:
Motivación: apreciación errónea del riesgo, experiencias y hábitos anteriores.
Frustración: estado de mayor tensión o mayor agresividad del trabajador.
Regresión: irresponsabilidad y conducta infantil del trabajador.
Fijación: resistencia a cambios de hábitos laborales.

Origen Ambiental: Explican por qué existen las condiciones inseguras.
Normas inexistentes.
Normas inadecuadas.
Desgaste normal de maquinarias e instalaciones causados por el uso.
Diseño, fabricación e instalación defectuosa de maquinaria.
Uso anormal de maquinarias e instalaciones.
Acción de terceros.


LOPCYMAT
 
Es la ley Organica de Prevencion, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo, la cual es una reforma promulgada el 26 de julio de 2005 en Gaceta Oficial 38.236

El objeto de dicha ley aparece en su artículo 1
  • Establecer las instituciones, normas y lineamientos en materia de seguridad y salud
  • Regular derechos y deberes de trabajadores y empleadores
  • Establecer sanciones por incumplimiento de esta normativa

El artículo 53 de la LOPCYMAT habla sobre los derechos de los trabajadores en las empresas
  • Ser informados al inicio de su actividad, de las condiciones en que ésta se va a desarrollar
  • Recibir formación teórica y práctica en la prevención de accidentes de trabajo y enfermedades ocupacionales
  • Rehusarse a trabajar a interrumpir una tarea o actividad, cuando exista un peligro inminente que ponga en riesgo su vida
  • Denunciar condiciones inseguras o insalubres de trabajo
  • Ser reubicados de sus puestos de trabajo o a la adecuación de sus tareas por razones de salud, rehabilitación o reinserción laboral
  • Que se le realicen periódicamente exámenes de salud preventivos

Seguridad Social

Refiere principalmente al de bienestar de la sociedad relacionado con la protección  o la cobertura de las problemáticas, como la salud, la pobreza, la vejez, las discapacidades, el desempleo, las familias con niños entre otras.

Alcance:
La protección que la sociedad proporciona a sus miembros, mediante unas medidas públicas, la protección contra las privaciones económicas y sociales que de lo contrario ocasionaría la desaparición o una  reducción de los ingresos por causa de enfermedad, maternidad, accidente de trabajo, o enfermedad laboral, desempleo, invalidez, vejez y muerte.
Objetivo:
Es ofrecer protección a las personas que están en la imposibilidad (temporal o permanente) de obtener un ingreso, o que deben asumir responsabilidades financieras excepcionales puedan seguir satisfaciendo sus principales necesidades

Historia:
La Seguridad Social nace en Alemania, en la época del Canciller Otto von Bismarck, con la Ley del Seguro de Enfermedad, en 1883.
La expresión "Seguridad Social" se populariza a partir de su uso por primera vez en una ley en Estados Unidos, concretamente en la "Social Security Act" de 1935. Y, posteriormente, el concepto es ampliado por Sir William Beveridge en el llamado "Informe Beveridge" (el llamado "Social Insurance and Allied Services Report") de 1942 con las prestaciones de salud y la constitución del National Health Service (Servicio Nacional de Salud, en español) británico en 1948.
En España, no obstante, las bases del nacimiento de la Seguridad Social derivaría de 1938, en plena Guerra Civil Española, cuando se promulga el Fuero del Trabajo, en la zona del bando Nacional o franquista, como el primer documento directriz sobre el que se constituiría, años más tarde, en plena postguerra la Seguridad Social tal y como la entendemos al resto de toda la nación. En este primer esbozo, se leía que: "el Estado valora y exalta el trabajo y lo protegerá con la fuerza de la ley, otorgándole las máximas consideraciones y constituyéndolo en uno de los más nobles títulos de jerarquía y honor". En esta Ley, el Estado ya se comprometía a ampliar los seguros de vejez, invalidez, enfermedad y paro forzoso
Pero no fue hasta la aprobación del Fuero de los Españoles, de 1945, ya gobernando Francisco Franco, cuando se empezó a incluir una relación bastante más completa de seguros Sociales, entre otros: la Mutualidad Agraria, el Montepío de Servicio Doméstico y el Régimen de Autónomos. Estos se refundirúian en una única Ley de Bases de 1963, en pleno desarrollo social del franquismo. Pero con la Ley de Bases de 1963, se puede ya hablar de una auténtica Seguridad Social, en el sentido fundamental en que la conocemos hoy en día.
Seguridad Social en Venezuela
Está básicamente en manos del Instituto Venezolano de los Seguros Sociales. El IVSS esta constituido como un sistema de seguros obligatorios que recibe aporte de los trabajadores, patrones y el sector público, este fue ampliando su cobertura y expandiéndose durante un largo periodo en que funciono razonablemente bien.
Se organiza de la siguiente manera: el sistema recibe cotizaciones mensuales y, con ellas, paga las pensiones y jubilaciones de los beneficiarios, utilizando para eso el sistema de financiamiento sobre la marcha o de “reparto”, lo que significa que todo el dinero llega a un fondo común y luego es gastado según la obligaciones contraídas año a año, con esos fondos, además, el IVSS fue generado, en su primera etapa, una red de centros de atención de salud que, si bien no logró cubrir todo el territorio nacional, al menos representó en su momento un perceptible avance con respecto a la situación anterior
Doctrina y Filosofía
a) La seguridad social es un derecho humano fundamental.
b) Toda persona tiene derecho a la seguridad social, independientemente de su capacidad económica para contribuir a su financiamiento.
c) El estado tiene la obligación de garantizar la efectividad del derecho a la seguridad social, mediante la creación de un Sistema de Seguridad Social, regulado por una Ley Orgánica Especial.
d) La seguridad social es un servicio público de carácter no lucrativo.
e) Los recursos de la seguridad social, así como sus rendimientos y excedentes, no podrán ser aplicados a fines distintos a los de su cometido original, es decir, protección social de la población afiliada y fines sociales del Estado.
f) El Sistema de Seguridad Social debe amparar a las personas sujetas a su campo de aplicación ante la contingencia de enfermedades o accidentes cualquiera sea su origen, magnitud y costo, maternidad, paternidad, invalidez, incapacidad parcial, desempleo, vejez, muerte, riesgo viudedad, orfandad, vivienda, cargas familiares, necesidades especiales, y , cualquier otra circunstancia de prevención social.
g) El sistema de seguridad social debe ser universal, integral de financiamiento, solidario, unitario, eficiente, participativo, y de contribuciones directas o indirectas.

Seguro Pecuario

Que es?


Es un resguardo a los animales que tienen los propietarios de fincas o trabajadores relacionados a la ganaderia y la agricultura, que son empleados para producir algun producto o llevar a cabo una funcion dentro de la misma


Protege a:
  • Especies Bovinas (Vacas, Toros, etc)
  • Especies Porcinas (Cerdos)
  • Especies Equinas (Caballos)

Cubre:
  • Muerte por Accidente
  • Muerte por Enfermedad

No cubre:

  • Muerte intencional ( a menos que)

Se haya acordado con la compañia
Por poner fin al sufrimiento del animal

  • Muerte directa o indirectamente:

Operaciones quirurgicas
Adminstracion de medicamento por motivos de accidentes y sea necesario
Heridas causadas por el asegurado o terceros
Confiscacion o nacionalizacion

Coberturas Adicionales:

Muerte durante el parto
Muerte durante el transporte
Incapacidad Reproductora
Muerte por rayo

domingo, 19 de junio de 2011

Seguro Agricola

Es una herramienta financiera que evita descapitalizaciones por parte de los productores y que puede ser utilizado como garantía ante los bancos para solicitar un crédito, de esta forma también los bancos pueden asegurar su retorno de capital en caso suceda un siniestro. Permite a los agricultores traspasar a las aseguradoras los daño provocados a un cultivo asegurado por los riesgos climáticos que pueden afectar su producción agrícola, obteniendo así protección para su trabajo y para su familia. 

 Siniestro en el sector agrícola  

La agricultura está sujeta a una serie de riesgos particulares, algunos de ellos manejables y otros no tanto. En los riesgos, donde existe algún grado de control y los mercados para neutralizarlos no existen o no funcionan adecuadamente, la intervención del gobierno es necesaria en la corrección de esas fallas. El objetivo es el diseño de instrumentos que le permitan al agricultor minimizar los efectos adversos que enfrenta al momento de materializarse algún siniestro. El Seguro Agrícola busca acotar el riesgo de daño a la producción por condiciones climáticas.
Este seguro otorga cobertura por:

  • Prestaciones de prevención y promoción: comprende la educación para la salud, evaluación y control de riesgos e inmunizaciones.

  • Prestaciones de recuperación de la salud: comprende la atención médica, tanto ambulatoria como de hospitalización, medicinas e insumos médicos, prótesis y aparatos ortopédicos imprescindibles, servicios de rehabilitación.

  • Prestaciones de Bienestar y promoción social: Comprende actividades de proyección, ayuda social y de rehabilitación para el trabajo, orientadas a la promoción de la persona y protección de su salud.

  • Prestaciones económicas: Es el monto de dinero que EsSalud otorga, para compensar una pérdida económica derivada de la incapacidad temporal para el trabajo (enfermedad o accidente), del parto, así como para contribuir al cuidado del recién nacido. Asimismo, se otorga a la persona que demuestre haber efectuado los gastos de los servicios funerarios por la muerte del asegurado titular.

  • Prestaciones de maternidad: consiste en el cuidado de la salud de la madre gestante y la atención del parto, extendiéndose al período de puerperio y al cuidado de la salud del recién nacido

jueves, 16 de junio de 2011

Aspectos Legales del Seguro

EL 29 de julio fue publicada en Gaceta Oficial la Ley de la Actividad Aseguradora, marco legal que le permitirá al Estado, a través de la nueva Superintendencia, ejercer la labor de control y supervision sobre todos aquellos sujetos que realizan actividades en el ramo asegurador.

Los puntos mas resaltantes de esta nueva ley son:


  1. Se supervisan otros sectores que inciden en la actividad aseguradora, tal es el caso de las empresas de medicina prepagada, asociaciones cooperativas que realizan operaciones de seguro y financiadoras de primas.
  2. Se establece un aumento del aporte que deben realizar los sujetos regulados, de 0,3% a 1.5% y 2,5%, es decir un incremento de 400% sobre el aporte anterior.
  3. surgen los Seguros Solidarios como parte de los aportes sociales introducidos por este marco normativo,mediante la obligacion de las empresas de seguros y medicinas prepagadas de emitir contratos dirigidos a amparar a jubilados, pensionados, adultos mayores, personas con discapacidades y personas cuyos ingresos no superen las 25 U.T.
  4. Se establece un grupo de prohiibiciones a la actividad aseguradora entre las que resalta: realizar operaciones de banca seguros, anula polizas por falta de pago de cuotas de financiamiento, se prohibe negar la cobertura inmeediata en casos de emergencia de HCM.